1977 | 1978 | 1985 | 2010 | 2011 |
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Sin pretender hacer un recorrido exhaustivo de la regulación del juego en Espa?a, podría resultar interesante se?alar que en 1763, durante el reinado de Carlos III, se introdujo la lotería conocida entonces como “Lotería Real” (actual Primitiva), mediante una Real Ordenanza. A?os más tarde, en 1812, tuvo lugar el primer sorteo de una nueva modalidad de lotería, denominada “Lotería Moderna” (actual Lotería Nacional), tras ser aprobada por las Cortes de Cádiz. Ya en el siglo XX, en mayo de 1939, se celebró por primera vez un sorteo del “cupón pro-ciegos”, tras la creación por Decreto de la ONCE el a?o anterior.
En el a?o 1977 se despenalizan los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, de forma que, a partir de entonces, además de los juegos que ya estaban permitidos (Lotería Nacional, las Apuestas mutuas deportivo-benéficas -la Quiniela- y los sorteos de la ONCE), se autorizaron los casinos, las salas de bingo, las máquinas recreativas...
La estructura territorial del Estado Espa?ol se recoge en la Constitución Espa?ola de 1978, donde se contempla el reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Desde entonces, las distintas CCAA, de conformidad con las competencias asumidas en sus respectivos Estatutos de Autonomía, han ido regulando los juegos que se realizaban en su territorio (máquinas recreativas, bingos, casinos, rifas...), mientras que el Estado continuó su labor regulatoria en el ámbito nacional (loterías, apuestas deportivas y los sorteos de la ONCE).
Hasta 1985, los juegos y apuestas del Estado se comercializaban a través de dos redes diferenciadas, una distribuidora de Lotería Nacional y dependiente del Servicio Nacional de Loterías, y otra expendedora de la quiniela de fútbol, competencia del Patronato de Apuestas Mutuas Deportivo Benéficas. Ese a?o se fusionaron ambas en el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.
Mediante la Ley 39/2010, se crea la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). De esta manera queda separado el ente regulador del operador de juegos.
Con la Ley 13/2011, de Regulación del Juego, se regula por primera vez en Espa?a el juego online o por Internet, es decir, aquellos juegos que se practican a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos y cuyo ámbito territorial es el del territorio nacional. En dicha Ley también se regulan los juegos de lotería de ámbito estatal, cuya gestión se reserva exclusivamente a dos operadores de carácter público, SELAE y la ONCE.
En ese mismo a?o se crea la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) como el órgano del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que ejerce las funciones de regulación, autorización, supervisión, control y, en su caso, de aplicación del régimen sancionador en el ámbito de las actividades de juego online de ámbito estatal.
Debido a este reparto de competencias, el Estado tiene como ámbito de actuación la regulación y control del juego online, mientras que cada Comunidad Autónoma se encarga del juego en su territorio, ya sea presencial (bingo, salas de casino, máquinas recreativas ...) u online de ámbito autonómico, incluyendo las distintas ayudas para el juego responsable o la gestión de sus propios registros de prohibidos autonómicos.
A fin de lograr una mejor coordinación y colaboración entre el Estado y las CCAA, en el a?o 2011 también se crea el Consejo de Políticas del Juego, órgano de coordinación que asegura la participación de todas aquellas administraciones con competencias en el juego, como son la fijación de los principios de la normativa de los juegos y de las medidas de protección a los menores y personas dependientes.?
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